1. La política en materia de prevención tendrá por objeto la promoción de la progreso de las condiciones de trabajo dirigida a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. La presente Condición y sus disposiciones de ampliación se aplicarán plenamente https://josueoxdim.ltfblog.com/33169787/poco-conocidos-hechos-sobre-seguridad-en-el-trabajo